Pruebas LIBRES 2026
Inscripción
Obtención de los títulos de técnico y de técnico superior de Formación Profesional
Convocatoria 2026: RESOLUCIÓN de 13 de febrero de 2026, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas para la obtención de los títulos de técnico o técnica y de técnico o técnica superiores de Formación Profesional en el año 2026.
Únicamente módulos correspondientes a los ciclos siguientes:
GRADO MEDIO
Mecanizado
Instalaciones Eléctricas y Automáticas
Electromecánica de Vehículos y Automóviles
Instalación y Amueblamiento
Elaboración de Productos Alimenticios
Comercialización de productos Alimenticios
Preimpresión Digital
Emergencias Sanitarias
Confección y Moda
Peluquería y Cosmética Capilar
GRADO SUPERIOR
Automoción
Organización y Control de Obras de Construcción
Anatomía Patológica y Citodiagnóstico
Inscripción: hasta el 9 de marzo de 2026.
Publicación listas provisionales de personas admitidas y excluídas el 11 de marzo.
Reclamaciones a las listas del 12 al 13 de marzo.
Publicación listas definitivas de personas admitidas y excluídas el 24 de marzo.
Las pruebas se realizarán entre los días 22 al 29 de abril de 2026.
Publicación resultados provisionales el 11 de mayo de 2026.
Conforme al art. 142 del Real decreto 659/2023, será necesario cumplir simultáneamente:
Tener, al menos, dieciocho años para los títulos de técnico o técnica, y veinte años para los de técnico o técnica superiores en el momento de realización de la prueba.
Reunir alguno de los requisitos de acceso a Formación Profesional para el grado medio o superior, según corresponda.
No estar matriculado en estas pruebas en el mismo módulo profesional durante el curso académico 2025-2026, convocadas por esta o cualquier otra Administración educativa.
No estar matriculado simultáneamente en el mismo módulo profesional en régimen presencial, semipresencial o virtual.
El incumplimiento de lo anteriormente dispuesto comportará la anulación de la solicitud de inscripción y matrícula en la presente convocatoria y de los resultados académicos obtenidos en la misma.
Así mismo, podrá matricularse en las pruebas el alumnado que hubiera anulado la matrícula conforme los artículos 9 y 10 de la Orden 78/2010, de 27 de agosto, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan determinados aspectos de la ordenación y organización académica de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (DOGV 6347, 03.09.2010).
El profesorado no podrá matricularse en las pruebas en el mismo centro donde imparte docencia. En el caso del profesorado interino, no podrá matricularse si el periodo de docencia en el centro comprende más de dos trimestres o el mes de realización de la prueba.
Para solicitar la inscripción se presentará la documentación siguiente:
Se deberá rellenar el siguiente FORMULARIO
Especificar claramente en la Inscripción el ciclo formativo y los módulos de los que se quieren matricular.
Solicitud de inscripción que se presentará en un solo centro, utilizando para ello el modelo recogido en el anexo II de la resolución.
Número de identificación del alumno o alumna en caso de poseerlo (NIA).
DNI, o tarjeta de identidad de extranjero, visado de estudios o pasaporte, con fotocopia del documento original.
Certificación académica oficial acreditativa de reunir alguno de los requisitos de acceso a Formación Profesional para el grado medio o superior, según corresponda
Declaración responsable de no estar matriculado durante el curso 2025-2026 en las enseñanzas conducentes a un título y, simultáneamente, en las pruebas convocadas por esta o cualquier otra administración educativa que tienen como objeto la obtención del mismo título. Un modelo de esta declaración figura en el anexo IX
Justificante del pago de las tasas correspondientes, debes descargarte las tasas de título y efectuar su pago en las entidades bancarias correspondientes
(MOD. 046 http://www.ceice.gva.es/doc046/gen/es/tasas.asp?idf=PRUEBAS) .
Las personas con una diversidad funcional que impida realizar las pruebas con los medios ordinarios, manifestarán esta circunstancia en el momento de la inscripción según el procedimiento previsto.
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